Micelio
Auto9 de agosto de 2005

A- de 2005

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Chistopher Ian Phillps Representante De La Sociedad C.I. Prodeco Vs. Corte Suprema De Justicia

Tema · dato duro
Nulidad De La Sentencia T-557/05. Analizadas Las Causales De Nulidad Invocadas Por La Sociedad Actora Se Encuentra Por La Corte Que Ninguna De Ellas Esta Llamada A Prosperar, Pues La Interpretacion De La Corte Suprema De Justicia Sobre El Particular No Riñe De Manera Clara Y Contundente Con El Ordenamiento Jurídico, Sino Que Ofrece Una Interpretación Razonable Sobre Las Normas En Cuention Y Se Cumple La Finalidad De Llevar Al Juzgador La Convicción Sobre La Existencia Y Autenticidad De La Sentencia Extranjera Para La Cual Se Solicito La Concesión Del Exequátur. Negada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Convencion De La Haya De 1961
  • Distinción de su aplicación entre Estados Parte y Estados que no son Parte
  • Vigencia al momento de producirse sentencia de exequátur de la Corte Suprema de Justicia
  • Aprobación y vigencia
  • Trámite de la apostilla como requisito obligatorio entre Estados Parte
Corte Constitucional
  • Establecimiento de supuestos de nulidad
Corte Suprema De Justicia
  • No se incurrió en vía de hecho por establecer la autenticidad en sentencia de exequátur conforme al CPC
Jurisprudencia De La Corte Constitucional
  • Motivación del juez conforme a directrices jurisprudenciales que generen continuidad de criterios
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional Por Cambio De Jurisprudencia
  • Procedencia si consiste en la modificación de un precedente y no frente a doctrina jurisprudencial
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia por no existir vía de hecho sustantiva en sentencia de exequátur al aplicar CPC y no Tratado sobre la Apostilla
  • Improcedencia por no existir vulneración de Tratado Internacional en sentencia de exequátur
  • Reiteración de procedencia excepcional
  • Debe tenerse en cuenta la autonomía interpretativa del juez
  • Improcedencia por no desconocerse los efectos de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros
  • Improcedencia pues no se incurrió en vía de hecho en sentencia de exequátur
  • Presupuestos de procedencia supeditada a la verificación del juez constitucional
  • Procedencia si los vicios que se invocan implican una afectación ostensible, probada, significativa y trascendental al debido proceso
  • Violación del debido proceso por la configuración de los supuestos de procedibilidad
Principio Pacta Sunt Servanda
  • Violación de la Convención de La Haya de 1961 por no aplicación del trámite de la apostilla
Sala Plena De La Corte Constitucional
  • No es segunda instancia para revisar la validez o no de una vía de hecho judicial
Sentencia De Exequatur De La Corte Suprema De Justicia
  • Razones de la existencia de vía de hecho
Cambio De Jurisprudencia De La Corte Constitucional
  • Legitimación de la Sala Plena para establecer nueva interpretación del sistema jurídico frente a hechos ya considerados
Codigo De Procedimiento Civil
  • Aplicación requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros a Estados que no son parte de la Convención de la Haya de 1961
Debido Proceso
  • Derecho fundamental e institucionalización del principio de legalidad y derecho de defensa
Salas De Revision De La Corte Constitucional
  • Facultad para ejercer su autonomía interpretativa y desarrollar su pensamiento jurídico racional
Precedente Constitucional
  • Formas como puede ser desconocido
Tratado Internacional
  • Es fuente principal de derecho de obligatoria aplicación por autoridades y tribunales cuando es incorporado al ordenamiento interno colombiano
17 temas · 28 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. DENEGAR la solicitud formulada por la Sociedad C.I. Prodeco Productos de Colombia S.A. para que se declare la nulidad de la Sentencia T-557 de 26 de mayo de 2005 proferida por la Sala Segunda de Revision de la Corte Constitucional, en la accion de tutela promovida por ella y radicada bajo el numero T-1054489 a la cual se refiere la parte motiva de esta providencia.
  2. Contra este auto no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
SalvamentoRodrigo Escobar GilSalvamentoMarco Gerardo Monroy CabraAclaraciónHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.